POR: ERNESTO BISCEGLIA – www.ernestobisceglia.com.ar
La propuesta de eliminar la colegiación obligatoria y establecer una matrícula nacional única abre una discusión que excede los intereses de los abogados toda vez que sienta un precedente cuyas implicaciones trascienden a este sector. En el fondo, se debate quién controla el ejercicio profesional, quién protege a los ciudadanos y hasta dónde puede avanzar la Nación sobre las facultades de las provincias.
El anarcoliberalismo es una deformación tumoral del verdadero liberalismo, porque hay una diferencia sustancial entre liberar a una sociedad de regulaciones innecesarias y dejarla sin instituciones capaces de garantizar derechos. La primera decisión puede representar un avance hacia la libertad; la segunda, un peligroso retroceso hacia la indefensión.
En efecto, ya tienen forma de proyectos legislativos las propuestas de eliminar la colegiación obligatoria de los profesionales y sustituir las matrículas actuales por un registro nacional unificado. Es lo que proponen los expedientes 1677-D-2025 y 2702-D-2025, impulsados por la diputada Marcela Pagano, originalmente integrante de La Libertad Avanza.
La intención de fondo ya está revelada y creemos que el problema no son las matrículas, sino los controles.
Desde nuestra posición de liberalismo en estado puro, hemos cuestionado la imposición de colegiaturas obligatorias porque vemos que los colegios pueden convertirse en estructuras corporativas que imponen aranceles, multiplican trámites y restringen injustificadamente el ejercicio de una actividad para la cual el profesional ya obtuvo un título universitario habilitante.
No compartimos la defensa de privilegios corporativos, menos cuando se pretende convertir a una institución profesional en una suerte de aduana que cobra peaje por el derecho a trabajar.
Una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa
Sin embargo, la discusión cambia radicalmente cuando se examina una función esencial de los colegios: el control ético y disciplinario de sus matriculados. Porque en el caso que nos ocupa, hemos de preguntarnos, por ejemplo: ¿Qué sucede cuando un abogado abandona injustificadamente a su cliente? ¿Cuándo incurre en una grave falta profesional? ¿Cuándo viola deberes éticos o utiliza indebidamente la confianza depositada en él?
Actualmente existen mecanismos institucionales para investigar esas conductas y aplicar sanciones que pueden llegar hasta la suspensión o exclusión de la matrícula.
Y aquí está la piedra angular del debate, porque eliminar la colegiación obligatoria no implica necesariamente suprimir esos controles. Pero cualquier reforma seria debería explicar, antes de desmantelar las estructuras existentes, qué organismos asumirían esas responsabilidades, con qué independencia actuarían y bajo qué procedimientos. Porque la libertad profesional no puede confundirse con la ausencia de responsabilidad.
El federalismo que vuelve a incomodar
Existe, además, una cuestión constitucional que merece especial atención. Siendo que la República Argentina es -al menos declamativamente- una república federal y no un Estado unitario, debemos advertir que las provincias conservan todas las facultades que no delegaron expresamente al Gobierno nacional, según los términos del artículo 121 de la Constitución Nacional: «Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación».
Este es el pilar del federalismo argentino y entre esas competencias se encuentra, como principio general, la regulación del ejercicio de las profesiones dentro de las respectivas jurisdicciones provinciales.
Por eso, una cosa es establecer mecanismos nacionales de simplificación administrativa o regular la actuación ante la Justicia federal, y otra muy distinta pretender que una ley del Congreso deje sin efecto las disposiciones provinciales sobre matriculación y control profesional.
Una matrícula nacional única que buscara sustituir las habilitaciones locales abriría inevitablemente un conflicto sobre los límites de las competencias federales. Y aquí aparece una curiosidad política, porque quienes suelen reivindicar la libertad individual y la reducción del poder estatal podrían terminar promoviendo una concentración de facultades en organismos nacionales.
De allí la pregunta necesaria: ¿Estamos frente a una auténtica desregulación o ante una transferencia de poder desde instituciones profesionales y provinciales hacia la administración central? La pregunta no es menor.
¿Quién controla al abogado que debe defendernos?
Por fin, hemos de considerar la situación del profesional que contratamos. Esta es otra dimensión del problema que suele perderse en los debates sobre costos, matrículas y burocracia. Porque el abogado abogado no desarrolla una actividad comercial cualquiera. Su intervención está íntimamente relacionada con la defensa de derechos fundamentales, el patrimonio, la libertad y, en ocasiones, el destino mismo de las personas.
Por eso, el ejercicio profesional exige algo más que conocimientos jurídicos. Requiere responsabilidad, independencia y una conducta ética susceptible de control.
Los colegios profesionales no son instituciones perfectas. Pueden padecer burocratización, disputas internas, intereses corporativos y hasta mecanismos de protección entre colegas y precisamente por eso deben ser fiscalizados, modernizados y obligados a transparentar sus procedimientos disciplinarios.
Pero sería una curiosa manera de combatir sus defectos eliminar los controles que justifican buena parte de su existencia. La respuesta frente a una institución que funciona mal no debería consistir necesariamente en suprimirla, sino en corregir aquello que impide que cumpla su finalidad.
La libertad también necesita instituciones
El pensamiento liberal clásico, tan invocado y tan poco comprendido en sus alcances y profundidad, jamás consistió simplemente en eliminar toda regulación. La preocupación de los autores clásicos apuntó a limitar la arbitrariedad del poder y construir garantías que protegieran a los individuos. Porque la libertad no se asegura únicamente reduciendo organismos o derogando disposiciones. También requiere instituciones independientes, reglas previsibles y mecanismos eficaces para exigir responsabilidades.
Por eso, antes de celebrar la desaparición de una matrícula profesional, sería conveniente conocer qué sistema habrá de reemplazarla. ¿Quién recibirá las denuncias de los ciudadanos? ¿Quién investigará las faltas éticas? ¿Quién podrá suspender a un profesional que haya cometido una infracción grave? ¿Qué participación conservarán las provincias en la regulación de una actividad estrechamente vinculada con sus propios sistemas judiciales?
Estas preguntas deberían ser respondidas antes de avanzar en cualquier modificación legislativa.
Porque una reforma que abarata el ejercicio profesional, pero debilita la protección de los ciudadanos, puede terminar siendo mucho más costosa para la sociedad.
Una discusión que Salta no debería eludir
En nuestra provincia, donde el Colegio de Abogados y Procuradores cumple funciones vinculadas con la matriculación y el control profesional, el debate merece especial atención, pues no se trata de defender automáticamente a una institución por el solo hecho de existir, ni de oponerse a toda modificación que procure simplificar el ejercicio de la profesión.
Se trata de determinar qué modelo institucional garantiza mejor la independencia de los abogados, la responsabilidad ética y los derechos de quienes acuden a la Justicia. Pero sobre todo en el caso de Salta, debe recordarse que el federalismo no es una concesión graciosa del poder central, sino uno de los fundamentos de nuestra organización constitucional.
La modernización del Estado y la eliminación de regulaciones innecesarias son objetivos legítimos. Pero no deberían convertirse en argumentos suficientes para avanzar sobre competencias provinciales ni para debilitar garantías institucionales.
Al final, la cuestión puede formularse de manera muy sencilla; no deberíamos preguntarnos solamente cuánto cuesta matricular a un abogado, sino cuánto podría costarle a un ciudadano quedar sin mecanismos eficaces para reclamar frente a una mala actuación profesional.
Porque una sociedad verdaderamente libre no es aquella en la que nadie controla a nadie, sino aquella en la que nadie está por encima de la responsabilidad por sus actos. Y eso también vale para quienes tienen la delicada misión de defender nuestros derechos. –
